Definición. El Régimen de Convivencia de los IFTS es el conjunto de principios, normas, órganos y prácticas institucionales que regulan las relaciones entre los/as integrantes de la comunidad educativa y posibilitan el cumplimiento de los fines específicos de cada institución. Busca promover una conciencia comunitaria, donde se reconozcan y respeten los derechos de las personas que integran la comunidad educativa, se valoren las diferencias y se consensúen acuerdos para la toma de decisiones, en un marco de libertad, compromiso y diálogo.


Objetivos. Son objetivos del Régimen de Convivencia de los IFTS:

a) Garantizar el derecho a una convivencia pacífica, integrada y libre de violencia física y psicológica;

b) Orientar la educación hacia criterios que eviten la discriminación, fomenten la cultura de la paz y la ausencia de maltrato físico o psicológico;

c) Promover la elaboración de acuerdos de convivencia y la conformación de instancias de participación de la comunidad educativa de cada IFTS, conforme la normativa aplicable;

d) Establecer los lineamientos sobre las sanciones a aplicar en casos de transgresión de las normas;

e) Impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a los IFTS y sus equipos docentes, para la prevención y abordaje de situaciones de conflicto en las mismas.


Principios. Son principios del Régimen de Convivencia de los IFTS:

a) El respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas;

b) El reconocimiento de los valores, creencias e identidades culturales;

c) El respeto y la aceptación de las diferencias, el rechazo a toda forma de discriminación, hostigamiento, violencia y exclusión en las interacciones entre integrantes de la comunidad educativa, incluyendo las que se produzcan mediante entornos virtuales y otras tecnologías de la información y comunicación;

d) El derecho a participar de diferentes ámbitos y asuntos de la vida del IFTS;

e) La resolución no violenta de conflictos, la utilización del diálogo como metodología para la identificación y resolución de los problemas de convivencia;

f) El respeto por las normas y la sanción de sus transgresiones como parte de la enseñanza socializadora de los IFTS;

g) La contextualización de las transgresiones en las circunstancias en que acontecen, según las perspectivas de los actores, los antecedentes previos y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la igualdad ante la ley;

h) El derecho del/a estudiante a ser escuchado/a y formular su descargo ante situaciones de transgresión a las normas establecidas;

i) El reconocimiento y reparación del daño u ofensa a personas o bienes de las instituciones educativas o integrantes de la comunidad educativa por parte de la persona o grupos responsables de esos hechos.